sábado, 13 de febrero de 2010
Comunicado ante la propuesta de Iniciativa Legislativa Popular
Federación Estatal de Foros por la Memoria, 11 de febrero de 2010 - 13 Febrero 2010 .
Ante la recepción del “Borrador de Anteproyecto de ILP” elaborado por Miguel Ángel Rodríguez Arias creemos necesario hacer las siguientes consideraciones:
Ante la recepción del “Borrador de Anteproyecto de Iniciativa Legislativa Popular” elaborado por Miguel Ángel Rodríguez Arias, la Federación Estatal de Foros por la Memoria cree necesario hacer las siguientes consideraciones:
En cuanto al hecho mismo de la aparición de un Proyecto de ILP titulado “Ley de verdad, justicia y reparación para las víctimas del genocidio y la dictadura franquista y el posterior periodo de impunidad”, la valoración de nuestra organización no puede por menos que ser de una enorme satisfacción: cuando se han cumplido recientemente dos años de la promulgación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, llamada de Memoria, un colectivo de juristas, organizaciones memorialistas y víctimas del franquismo expresan su rechazo a la misma y constatan su completo fracaso, hasta el extremo de promover un texto legislativo alternativo. No tenemos constancia de que se haya dado otro caso similar en el Estado español.
Para una organización como la nuestra que, en todo momento, expresó su rechazo de plano, sin ambigüedades ni posibilismos, a dicha Ley, porque la considerábamos un nuevo intento (en línea de continuidad con la Ley de Amnistía de 1977) de certificar el pacto de silencio de la Transición y el llamado modelo español de impunidad, la aparición de dicho proyecto alternativo viene a ratificar la justeza de nuestros planteamientos y muestra que el análisis que venimos haciendo desde hace años ha sido progresivamente asumido por otras personas, organizaciones y sectores de la sociedad.
Evidenciamos, por tanto, el fracaso estrepitoso de la llamada Ley de Memoria en sus aspectos propios de “ley de punto final” (1), como por ejemplo:
- La negativa a anular las sentencias producto por la legislación represiva del franquismo;
- El carácter explícito de memoria familiar y personal que define el preámbulo y la declaración de intenciones de la Ley, excluyendo la memoria social y política de las víctimas del franquismo.
- El tratamiento de las fosas comunes del franquismo negando su carácter de crímenes contra la Humanidad imprescriptibles, legislando las exhumaciones como meros actos administrativos, y la consideración de las organizaciones memorialistas y agrupaciones de familiares en “empresas y subcontratas de servicios funerarios externalizados”.
Y la evidencia de este fracaso en apenas dos años se ha producido en gran medida por la labor explicativa y de propuesta, por la firmeza, la consecuencia, la negativa a renunciar a sus derechos de numerosas víctimas del franquismo, de organizaciones de memoria, y de derechos humanos. Es la constatación de la resistencia de la sociedad a los sucesivos intentos de certificar por ley la impunidad de los crímenes y de los criminales franquistas.
Sin embargo, la asamblea de la Federación de Foros por la Memoria celebrada en Granada los pasados días 16 y 17 de Enero aprobó unos planes de trabajo y unas líneas de actuación entre las cuales no está la recogida de firmas en apoyo a una ILP, por cuanto consideramos que necesita de un trabajo ingente que, desgraciadamente, resultará baldío a la luz de la situación política de nuestro país. La pretensión de mantener esta iniciativa en los medios de comunicación durante varios meses creemos que provocará la misma decepción en las víctimas que el proceso seguido ante el Juzgado núm. 5 de la Audiencia Nacional si el resultado es su rechazo por el Congreso de los Diputados.
Asimismo, existen elementos de fondo en el Proyecto de ILP que no compartimos, como es lo relativo a la llamada comisión de la Verdad y la aplicación para el caso español del concepto de genocidio, frente a lo cual ya existe una jurisprudencia sólida y nítida. Además de todo lo anterior, siempre hemos mantenido que una ley de estas características es innecesaria y bastaría la aplicación en nuestro país del Derecho Internacional de los Derechos Humanos para ver colmados todos los deseos de las víctimas del franquismo en relación a la verdad, la justicia y la reparación de todos los crímenes.
La Federación Estatal, con el acuerdo unánime de todas las organizaciones federadas, continuará considerando prioritaria la estrategia jurídica a largo plazo que viene desarrollando desde hace varios años, y hasta el momento con buenos resultados, junto con otras organizaciones memorialistas y de derechos humanos.
11 de febrero de 2009
(1) Podemos leer en el Auto del Tribunal Supremo acusatorio en contra del Juez Baltasar Garzón de fecha 3 de Febrero de 2010: “Una vez aprobada la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, y pese al informe contrario del Ministerio Fiscal (febrero de 2008), decide, en junio de 2008, superar la limitación que dicha ley imponía a la colaboración de los poderes públicos en la localización e identificación de las víctimas de la Guerra civil española y dictadura que le siguió….”
http://www.derechos.org/nizkor/espana/doc/garzon42.html
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